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Artículo 14

En Caso De Que Los Reformatorios O Casas De Menores Tengan Médico Antropólogo, El Gobierno Podrá Adscribir A Aquél Las Funciones De Médico Psiquiatra

Decreto 1714 de 1936 · Por el cual se establece la división judicial del país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que los Reformatorios o Casas de Menores tengan médico antropólogo, el Gobierno podrá adscribir a aquél las funciones de médico psiquiatra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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