°. A partir del 1° de enero de 2007, el valor de cada hora extra efectivamente dictada tendrá la asignación básica que se fija a continuación, dependiendo del correspondiente título o grado en el escalafón
Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón: Grados 4 y 5 4.567 Grados 6, 7 y 8 6.121 Grados 9, 10 y 11 6.319 Grados 12, 13 y 14 7.542
Para el personal sin escalafón Con título profesional 6.121 Con título de bachiller 4.567 Técnico profesional o tecnólogo 4.567