Para ingresar al Ministerio de Guerra, se requiere: Ser colombiano; Tener definida la situación militar ; No registra antecedentes delictivos; Estar a paz a salvo con el Tesorero Nacional; Tener la aptitud psicofísica reglamentaria certificada por la Sanidad Militar: Acreditar idoneidad para el desempeño de las funciones de cargo; Estar libre de interdicción en el ejercicio de derechos y funciones públicas.
Los impuesto causados por la diligencia de posesión de todo el personal del Ministerio de Guerra, se liquidaran sobre la asignación básica del cargo o grado respectivo.
En casos excepcionales y para el desempeño de funciones técnicas, se puede nombrar personal extranjero, el cual queda sometido a las prescripciones del presente Decreto.