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Artículo 3

Ley 33 de 1960 · Por la cual se auxilian unas obras de servicio público en las ciudades de Santa Marta y Ciénaga (Departamento del Magdalena), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto de Fomento Municipal recogerá de las respectivas entidades municipales los estudios o proyectos de las obras enunciadas y los tendrá como base para llevar a efecto dichas obras, con las modificaciones técnicas a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1960