De conformidad con el artículo 372 de la Constitución, la Junta Directiva estará integrada por siete (7) miembros, así:
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá;
El Gerente General del Banco; y
Cinco (5) miembros más, de dedicación exclusiva, nombrados por el Presidente de la República.
Los miembros de la Junta Directiva representan exclusivamente el interés general de la Nación.