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Artículo 153

Decreto 100 de 1989 · por el cual se reforma el régimen disciplinario para la Policía Nacional, aprobado y adoptado por el Decreto número 1835 de 1979.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CONTENIDO DEL FALLO. Los fallos de primera y segunda instancia y los que resuelven las reclamaciones previstas en este Reglamento deben contener

a)

Una parte expositiva, en la cual se hará el resumen de los hechos que dieron lugar a la aplicación del correctivo;

b)

Una parte considerativa, donde se valorarán suficientemente las pruebas;

c)

Una parle resolutiva donde se decidirá lo pertinente, indicando la tipificación que corresponde a la falta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 100 de 1989