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Artículo 5

La Junta Asesora Será Convocada Por El Ministro Cada Vez Que Se Trate De Verificar Ascensos De Oficiales, Acto En El Cual Tendrá Las Funciones Que Determina El Artículo 4°

Decreto 118 de 1930 · Por el cual se modifican los Decretos números 1765 y 2055 de 1929, dictados en uso de las facultades que confirió al Gobierno la Ley 51 de 1925

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La junta asesora será convocada por el ministro cada vez que se trate de verificar ascensos de Oficiales, acto en el cual tendrá las funciones que determina el artículo 4°. del Decreto 1765 de 1926, cuando se trate de la formación del presupuesto de guerra, de créditos adicionales y administrativos de tal presupuesto, así como de su eficaz distribución, para el estudio de los proyectos referentes a organización, dislocación y armamentos del ejercito; y para la resolución de los demás asuntos que el ministro someta a su consideración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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