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Artículo 1

Decreto 289 de 1983 · Por el cual se fija la remuneración de los empleos directivos de los colegios mayores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mientras se da cumplimiento a la organización administrativa de los Colegios Mayores dependientes del Ministerio de Educación Nacional, prevista en los Decretos Extraordinarios 83 de 1980 y 272 de 1982, el personal directivo de tales Unidades Administrativas Especiales devengará las siguientes asignaciones básicas mensuales, a partir del 1° de enero de 1983: Rector $ 42.750 Director de Escuela $ 37.400

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 289 de 1983