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Artículo 22

Decreto 4222 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Oficina de Comunicaciones Estratégicas . La Oficina de Comunicaciones Estratégicas tendrá las siguientes funciones

1.

Asesorar al Director General de la Policía Nacional de Colombia en la formulación y ejecución de políticas y estrategias relacionadas con el manejo de la información y la comunicación externa y organizacional, en coordinación con las políticas del Ministerio de Defensa.

2.

Diseñar planes, programas y proyectos de comunicación, que involucren el aprovechamiento de los medios institucionales y contribuyan al fortalecimiento y consolidación de la imagen institucional.

3.

Generar permanentemente información oficial sobre la Policía Nacional, para los medios de comunicación y la opinión pública, de acuerdo con las políticas del Ministerio de Defensa Nacional.

4.

Coordinar las relaciones entre los medios de comunicación nacional e internacional con la Policía Nacional.

5.

Coordinar el diseño y estructura de los medios y los productos de comunicación de la Policía Nacional, optimizando el empleo de los recursos propios de promoción y divulgación.

6.

Dirigir la red de emisoras de la Policía Nacional, convirtiéndola en mecanismos de comunicación y servicio a la comunidad.

7.

Coordinar periódicamente la aplicación de estudios de opinión pública y de clima organizacional que permita conocer la situación real de la institución frente a sus integrantes y la comunidad.

8.

Promover la comunicación institucional a través de procesos e instrumentos de divulgación externa, permitiendo una nueva retroalimentación con la comunidad.

9.

Coordinar la edición y distribución de las publicaciones institucionales.

10.

Dirigir la presentación de los Grupos Artísticos y Culturales de la Policía Nacional, para que contribuyan al mejoramiento de la imagen corporativa e identidad institucional.

11.

Desarrollar la Política y Objetivos de Calidad de la Policía Nacional.

12.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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