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Artículo 4

Decreto 2984 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 2468 de 1948

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. La Cruz Roja de la juventud, que se organizará por acuerdo entre el Ministerio de Educación Nacional y la Sociedad Nacional de la Cruz Roja, como parte integrante y dependencia de ésta, se regirá por estatutos elaborados por el Comité Central de la Cruz Roja, con la aprobación del mismo Ministerio y de conformidad con la norma que regulan la institución en el resto del mundo, adaptadas a las condiciones peculiares del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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