°. El presente decreto rige a partir de su publicación y sustituye los artículos 2.4.5 al 2.4.14 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, y se derogan los numerales 1 y 3 y los
s 1° y 2° del artículo 2.2.5.1.1 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.
s 1° y 2° ) Artículo 2.2.5.1.1. DECRETO 1082 de 2015