º El subsidio de alimentación de los funcionarios del Departamento Nacional de Planeación que devenguen asignaciones básicas no superiores a veintinueve mil doscientos pesos ($ 9.200.00), será de novecientos cincuenta pesos ($ 950.00) mensuales, pagaderos por el mencionado Departamento. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el funcio nario disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.
Cuando el Departamento Nacional de Planeación suministre alimentación a los empleados que Conforme a este Decreto tengan derecho al subsidio, no habrá lugar a su reconocimiento en dinero.