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Artículo 1

Ley 250 de 1938 · por la cual se vota un auxilio para la defensa del puerto de Calamar (Bolívar)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el saneamiento, higienización y embellecimiento del puerto de Calamar, en el Departamento de Bolívar, destínase la suma de diez mil pesos ($ 10,000-00) anuales, durante cinco (5) años, que se apropiarán en los presupuestos venideros a partir del año de 1940.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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