°. Son de Tercera Categoría los Profesores de los cursos avanzados de capacitación que se efectúen en las mismas Escuelas de las Armas y Servicios del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Para ser Profesor de Tercera Categoría es requisito haberse desempeñado como Profesor de Cuarta Categoría o de las Escuelas de Oficiales de las Armas y Servicios o Cursos a que se refiere el presente artículo, durante un tiempo mínimo de tres años continuos o discontinuos con buenos resultados.