Orden de los concurrentes. El público que asistiere a las sesiones guardará compostura y silencio. Toda clase de aplausos o vociferaciones le está prohibida. Cuando se percibiere desorden o ruido en las barras o en los corredores el Presidente podrá, según las circunstancias:
1.
Dar la orden para que se guarde silencio.
2.
Mandar salir a los perturbadores, y
3.
Mandar despejar las barras.