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Artículo 15

Decreto 621 de 1925 · Por el cual se reglamenta la Ley 20 de 1921, sobre Almacenes Generales de Depósito

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Por la Superintendencia Bancaria se determinará la forma y leyenda que deben tener los certificados y los bonos, y se prepararán formularios para que tales documentos se hagan con la debida uniformidad y contengan todas las informaciones y datos requeridos por la ley y por el presente Decreto. La misma Superintendencia determinará los libros especiales que deben llevar dichos Almacenes, para que sean debidamente registradas día -por día, y en orden, todas las operaciones en que intervengan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 621 de 1925