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Artículo 11

Los Sustanciadores De Que Trata El Artículo 73 De La Ley 2ª De 1984, Tendrán La Remuneración Y Prestaciones Correspondientes Al Oficial Mayor Respectivo

Decreto 371 de 1984 · Por el cual se reglamentan algunas normas de la Ley 2° de 1984

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Sustanciadores de que trata el artículo 73 de la Ley 2ª de 1984, tendrán la remuneración y prestaciones correspondientes al Oficial Mayor respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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