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Artículo 45

El Laboratorio Existente En Las Minas Prestará Los Servicios De Ensayes De Minerales, De Concentrados Y Toda Otra Labor Investigativa Que Solicitaren Los Contratistas, Sometiéndose Éstos A Los Turnos, Tarifas Y Reglamentos Que Dicte El Ministerio De Minas Y Petróleos

Decreto 1323 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 66 de 1946.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Laboratorio existente en las minas prestará los servicios de ensayes de minerales, de concentrados y toda otra labor investigativa que solicitaren los contratistas, sometiéndose éstos a los turnos, tarifas y reglamentos que dicte el Ministerio de Minas y Petróleos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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