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Artículo 3

Decreto 2156 de 1992 · por el cual se reestructura la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, Corporanonimas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. Además de las funciones que la ley le señala y de las atribuidas a los organismos de previsión social, la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS, cumplirá las siguientes actividades:

1.

1. Organizar, dirigir y administrar el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, económicas y médico asistenciales de los empleados públicos de las Superintendencias de Industria y Comercio, de Sociedades de Valores y de la misma Corporación.

2.

2. Atender las prestaciones a que se obligue en favor de sus afiliados beneficiarios, pensionados y adscritos especiales.

3.

3. Expedir, con la aprobación del Gobierno, reglamentos generales para la atención de las prestaciones a su cargo, de conformidad con las normas legales y reglamentarias.

4.

4. Realizar las inversiones que le permitan servir oportunamente los objetivos propios de la institución y le garanticen seguridad, rentabilidad y liquidez.

5.

5. Determinar la estructura de los sistemas de atención médico asistencial adecuados para los fines propios de la medicina social y de acuerdo con los principios y normas de esta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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