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Artículo 5

Ley 131 de 1961 · Por la cual se crea una prima a favor del personal de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta Ley rige desde el primero (1º) de enero de mil novecientos sesenta y dos (1962), y adiciona los Decretos-leyes números 325 y 326 de 1959, 1705 de 1960 y Decreto legislativo número 0094 de 1958.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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