Para atender los gastos de inversiones que demande la ejecución de las obras a que se refiere esta Ley, IFI-Concesión de Salinas queda autorizado para recibir e invertir en la tecnificación de las Salinas de Upín, los aportes asignados por el artículo anterior.
Igualmente queda autorizado para gestionar los préstamos que se requieran para la culminación y puesta en marcha de dicha tecnificación.