°. De las partidas apropiadas por el Decreto número 591 del 14 de mayo de 1966, hácense las siguientes deducciones
Del artículo 1°, numeral IV, Educación Pública, ordinal a) 600.000
Del artículo 1°, numeral V, Fomento Turístico ordinal a) 400.000 Suman estas disminuciones $ 1.000.000