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Artículo 7

Ley 11 de 1920 · Sobre importación y venta de drogas que formen hábito pernicioso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las infracciones de cualquiera de las disposiciones de esta Ley serán castigadas con multas de $10 a $200, por la primera vez; de $200 a $1.000, por la segunda, y en caso de reincidencia se hará ce­rrar el establecimiento por seis meses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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