º El Contador-Almacenista, como empleado de manejo, está obligado a rendir sus cuentas de ingresos y egresos de conformidad con las disposiciones de la Contraloría General de la República, y además, deberá remitir copia de ellas y de los comprobantes correspondientes al Departamento de Contabilidad del Ministerio de Correos y Telégrafos.
El incumplimiento; del presente artículo ocasionara la destitución del responsable, sin perjuicio de las demás sanciones legales.