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Artículo 4

Funciones Del Presidente

Decreto 929 de 2007 · por el cual se establece el reglamento de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas creada por la Ley 589 de 2000.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Presidente . El presidente de la Comisión, en coordinación y previa concertación con sus integrantes, ejercerá las siguientes funciones: • Representar a la Comisión ante el Gobierno Nacional, el Congreso de la República y otras instituciones nacionales e internacionales. • Convocar las sesiones de la Comisión. • Presidir las sesiones de la Comisión. • Presentar a consideración y decisión de la Comisión los asuntos que sean necesarios para el logro de sus fines. • Coordinar las tareas propuestas en las sesiones de la Comisión y velar por su cumplimiento. • Invitar a las sesiones de la Comisión a las personas y entidades cuya presencia sea necesaria para la definición o avance de las discusiones de los temas que adelanta la Comisión. • Gestionar los recursos financieros necesarios para el adecuado funcionamiento de la Comisión. • Las demás que le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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