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Artículo 1

Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1921, Del Ministerio De Agricultura Y Comercio, Capítulo 63, Gastos Varios, Artículo 716, La Suma De Veinte Mil Pesos ($ 20,000), A La Siguiente Imputación: Ministerio De Agricultura Y Comercio Capitulo 63 Gastos Varios

Decreto 612 de 1921 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Agricultura y Comercio, capítulo 63, gastos varios, artículo 716, la suma de veinte mil pesos ($ 20,000), a la siguiente imputación: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO CAPITULO 63 Gastos varios. Artículo 724. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio $ 20,000 Total $ 20,000

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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