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Artículo 1

Hacense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capitulo 81

Decreto 1995 de 1943 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hacense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 81. Del artículo 1186; Para sueldos del personal de la Inspección Técnica y Revisión de Embarcaciones $ 700.00 CAPITULO 84. Del artículo 1226. Para jornales., material y demás gastos en el sostenimiento y explotación del puerto fluvial local de Barranquilla 500.00 Suman los contracréditos $ 1.200.00 CAPITULO 81. Al artículo 1188. Para jornales y gastos varios de los servicios de Inspección Técnica y Revisión de Embarcaciones $ 1.200:00 Suman los, créditos 1.200.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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