La Junta General de Socios se reunirá en sesiones extraordinarias cuando sea convocada por el Gerente, por la Junta Directiva o por un número de socios que representa no menos del veinticinco por ciento (25%) del Capital. Para las reuniones extraordinarias los socios deben ser convocados mediante comunicación escrita con anterioridad no menor de cinco (5) días calendario; y en la comunicación de convocatoria se insertará el orden del día.
No obstante lo anterior, estando presente todos los socios, por si o por medio de sus representantes podrá deliberar y adoptar decisiones valientemente aunque no haya precedido convocatoria y aunque la reunión se verifique en cualquier lugar.