º. El
del artículo 32 del Decreto 414 de 1974, quedará así: Esta medalla también podrá conferirse a las Unidades, a los Comandantes y miembros de Estado Mayor de los mismos, cuando el Gobierno considere que han llevado la paz, la tranquilidad y el progreso a la jurisdicción que se les ha encomendado.
Artículo 32 DECRETO 414 de 1974