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Artículo 17

Los Órganos Encargados De Generar La Información Sobre Los Ingresos De La Nación Deberán Reconocer Y Clasificar Los Recaudos Por Cada Uno De Los Conceptos Que Los Originen De Conformidad Con Las Normas Presupuestales Y Contables Vigentes

Decreto 178 de 2003 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera, SIIF Nación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los órganos encargados de generar la información sobre los ingresos de la Nación deberán reconocer y clasificar los recaudos por cada uno de los conceptos que los originen de conformidad con las normas presupuestales y contables vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 178 de 2003