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Artículo 1

Ley 136 de 1961 · Por la cual se nacionalizan unas carreteras en el Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nacionalízanse las siguientes carreteras en el Departamento del Cauca: Pueblo-nuevo-Caldono-Cerro Alto-Altamira, en el Municipio de Caldono; El Cairo-Cajibío-El Carmelo, en el Municipio de Cajibío; La Estrella-Usenda-Siberia, en el Municipio de Silvia; Piendamó-Morales, en el Municipio de Tunía; Mondomo-El Turco-Tres Quebradas, en el Municipio de Santander; Miraflores-Paniquitá-El Crucero, en el Municimo de Totoró; El Placer-El Rosario, en los Municipios de Popayán y Cajibío.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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