Etapa de prospectación. En la industria de la construcción y venta de inmuebles la etapa de prospectación terminará en la fecha en que primero ocurra uno de los siguientes hechos
a)
Adquisición de inmuebles, maquinaria y equipo de construcción;
b)
Iniciación de la construcción de obras civiles o de las obras que sean objeto de la industria. (Artículo 3°, Decreto 4123 de 2005)