En los Establecimientos Públicos en donde existan divisiones delegadas de presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, éstas serán el conducto regular para tramitar todos los asuntos presupuestales ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
La Dirección General del Presupuesto se abstendrá de dar curso a los asuntos presupuestales que pretermitan este conducto.