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Artículo 19

De Las Funciones De La División De Microempresas De La Dirección De Desarrollo Industrial

Decreto 2152 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 19. De las Funciones de la División de Microempresas de la Dirección de Desarrollo Industrial. Corresponde a esta División las siguientes funciones

1.

Asesorar a la Dirección en lo relacionado con la microempresa;

2.

Preparar planes indicativos y programas para el desarrollo de la microempresa;

3.

Promover y coordinar la ejecución de dichos planes y programas con todas las entidades públicas y privadas;

4.

Analizar la incidencia de la política económica en la microempresa y proponer recomendaciones al respecto;

5.

Desarrollar las demás actividades que le asignen la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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