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Artículo 4

º

Decreto 1660 de 1997 · por el cual se congelan las plantas de personal en la Rama Ejecutiva del Poder Público, en el Orden Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Lo dispuesto en el presente decreto no afecta, a quienes habiendo sido designados para ocupar un empleo con anterioridad a la fecha de su vigencia, no han tomado posesión del mismo por encontrarse dentro de los términos previstos por la ley para que se lleve a cabo tal diligencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1660 de 1997