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Artículo 2.1.2.4.10

Parte Considerativa

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Parte considerativa. Todos los decretos y resoluciones de carácter general y abstracto deben incluir obligatoriamente una sección denominada “considerandos” en que se deben exponer de forma veraz, concisa, coherente y clara las razones y motivos, de hecho y de derecho, que sustentan la necesidad, razonabilidad y validez del decreto o resolución.

Los considerandos se deben ubicar entre la sección de los fundamentos jurídicos y la de la parte dispositiva y se deberá contar con los soportes documentales de cada uno de los considerandos del proyecto de Decreto, Resolución, o actos administrativos de contenido general y abstracto, los cuales se acompañarán como anexos en calidad de soportes administrativos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1081 de 2015