Inscripción en el servicio seccional de salud. Los médicos y odontólogos graduados y en ejercicio legal de la profesión deben inscribirse en el Servicio Seccional de Salud y cumplir estrictamente la reglamentación del Ministerio de Salud y Protección Social para la prescripción de medicamentos de control especial.
(Decreto 3788 de 1986 artículo 31)