Primer giro. Se efectuará con base en los siguientes requisitos
1.
Que exista resolución de constitución expedida de conformidad con el presente título.
2.
Que el funcionado encargado de su administración haya constituido o ampliado la fianza de manejo y esté debidamente aprobada, amparando el monto total del valor de la caja menor. (Art. 11 Decreto 2768 de 2012)