JurídicoESEN

Artículo 2

Ley 56 de 1918 · “por la cual se establece el impuesto sobre la renta.”

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos de casación y recaudación, este impuesto se divide en tres clases:

1° La renta que provenga únicamente del capital, que pagará el tres por ciento (3%).

2° La renta proveniente del capital combinado con la industria del hombre, que págara el dos por ciento anual (2%); y

3° La renta proveniente sólo de la industria o del trabajo, que pagará el uno por ciento anual (1%).

Del total de la renta de cada individuo, se deducirá la suma de trescientos sesenta pesos ($ 360) que no pagará impues

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 56 de 1918