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Artículo 3

Vigencia

Decreto 1405 de 2026 · Por el cual se acepta la renuncia del Notario Sesenta y (63) Círculo Notarial Bogotá C. EL LA REPÚBLICA COLOMBIA En ejercicio sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en artículos 131 la Constitución Política, numeral 1 del artículo 144 del Decreto Ley 960 de 1970, artículo 5 Decreto Ley 2163 de 1970, en concordancia con las del numeral 2 artículo 2.2.6.1. 3.9 1069 2015,y CONSIDERANDO Que el señor Orlando Muñoz Neira, identificado con cédula de ciudadanía No

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1405 de 2026