Artículo veintisiete . Documentación . Para efecto de lo dispuesto en el artículo anterior; el educador deberá presentar los siguientes documentos
Memorial de solicitud;
La certificación de los servicios prestados en la forma como se dispone en este Decreto, según sea servicio oficial y no oficial;
Copia auténtica de la providencia judicial con a constancia de su ejecutoria, cuando fuere el caso.