Prohibición Pago Doble Bonificación para la Asistencia Familiar. En ningún caso habrá lugar al reconocimiento doble de la bonificación para la asistencia familiar. Cuando el cónyuge o compañero(a) permanente del Patrullero de Policía preste sus servicios en la Policía Nacional como integrante del Nivel Ejecutivo o de la categoría de Patrulleros de Policía, la bonificación para la asistencia familiar se reconocerá
Al que reciba mayor asignación básica mensual.
Si la asignación básica fuere igual, recibirá el emolumento quien acredite mayor tiempo de servicio. CAPÍTULO III Pasajes y viáticos