Este impuesto se liquida en la aduana del respectivo puerto habilitado sobre las mercancías de importación o exportación, o en las oficinas postales, cuando las mercancías se introducen o exportan en paquetes o encomiendas.
También puede disponerse por leyes especiales que se liquide y pague un impuesto por el tránsito o depósito de mercancías en los puertos abiertos o que se abran para esa clase de operaciones.