°. Las exenciones sobre impuesto de renta y complementarios otorgadas por la ley de 1973 a empresas editoriales e inversiones en ellas y a las que se refiere el artículo 14 del decreto 2348 de 1974, regirán a partir del año gravable de 1974 y hasta el año gravable de 1983 inclusive.
Para gozar de estas exenciones, las empresas editoriales deben ajustarse a los requisitos establecidos por el
del artículo 9o. de la ley 34 de 1973.