Inembargabilidad de los recursos del Régimen Subsidiado. De conformidad con lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, los recursos a que refiere el presente Capítulo por tratarse de recursos de la Nación y de las entidades territoriales para la financiación del Régimen Subsidiado, son inembargables.
(Artículo 4° del Decreto 4962 de 2011)