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Artículo 18

Decreto 659 de 1995 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico, se establece el Sistema de Apoyo Interinstitucional a los Servicios Públicos Domiciliarios de Agua Potable y Saneamiento Básico y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Sisterna. Como facilitador del fortalecimiento de la capacidad de gestión y ejecución de las políticas de agua potable y saneamiento básico, el Sistema tendrá las siguientes responsabilidades

1.

Velar porque las políticas y programas definidos por el Gobierno Nacional sean traducidos en compromisos de acción concreta que faciliten su seguimiento, monitoreo y evaluación en cada uno de los niveles territoriales.

2.

Establecer y concertar instrumentos de coordinación, concurrencia y subsidiariedad para lograr una adecuada prestación del servicio en todo el territorio nacional.

3.

Concebir estrategias para la extensión y calidad del servicio a los sectores más desfavorecidos de la población, asegurando que éstos generen alternativas de solución en agua potable y saneamiento básico, mediante procesos de capacitación, asistencia técnica y autogestión.

4.

Generar consenso y adelantar actividades conjuntas en torno al desarrollo gerencial, empresarial y humano del sector y a la búsqueda de alternativas tecnológicas, de financiación e investigación en estas materias.

5.

Propender porque la calidad, eficiencia, participación ciudadana, equidad, solidaridad y preservación del medio ambiente hagan presencia en los programas y proyectos que adelante el sector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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