°. A partir del 1° de enero de 2015, fijase la siguiente escala de asignación básica mensual para los empleos del Senado de la República y de la Cámara de Representantes contemplados en la Ley 5ª de 1992 y demás disposiciones que la modifiquen o sustituyan. Grado Asignación básica 1 $1.605.765 2 $1.723.792 3 $1.853.813 4 $2.241.802 5 $2.691.039 6 $3.173.858 7 $3.482.545 8 $3.906.249 9 $3.991.450 10 $4.342.787 11 $4.429.246 12 $6.247.256
Los empleados públicos del Congreso a que se refiere el presente artículo disfrutarán de las asignaciones básicas señaladas en él y sus prestaciones y primas serán las mismas de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del nivel nacional.