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Artículo 1

Decreto 1395 de 1901 · Por el cual se aprueba el expedido por el Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolivar, bajo el número 76, de fecha 31 de Octubre último

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Apruébese el Decreto número 76, de 31 de Octubre del presente año, dictado por el Jefe Civil y Militar del Departamento de Bolívar, "por el cual se aumenta el precio de cada doce y medio kilogramos (12½ kg.) de las sales marinas de Curazao, de grano y de espuma, á $8, $6 y $4, respectivamente." Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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