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Artículo 32

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia de Distribución y Ventas. La Gerencia de Distribución y Ventas tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir, vigilar y coordinar la ejecución de los programas adoptados y en el despacho correcto y oportuno de los asuntos de su competencia;

b)

Realizar la consolidación, vinculación, crecimiento y oportunidad de los negocios establecidos y de los clientes potenciales de los sectores agropecuario, privado y público del orden nacional, departamental y municipal, a través de la comercialización de todos los productos y servicios;

c)

Asesorar a las Gerencias Regionales, Zonales, Sucursales, Agencias, y agencias de servicios en la distribución y venta de los productos y servicios;

d)

Identificar los eventos de carácter nacional o regional con el fin de proponer la participación de la Entidad, con el fin de proponer la promoción y comercialización de los productos y servicios bancarios;

e)

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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