JurídicoESEN

Artículo 3

Ley 81 de 1915 · reformatoria de la 23 de 1912

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase un Juzgado más en el Circuito de Salazar, Distrito Judicial de Pamplona, con el personal y asignaciones del existente. El Juzgado actual se llamará Juzgado 1.°; y el que por este artículo se crea, se llamará Juzgado 2.°

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 81 de 1915